Repudiar significado bíblico

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Definición. El significado bíblico de repudiar es la acción de rechazar algo, no aceptarla. Se consigue repudiar las leyes, la paz, la guerra, los consejos.

Según el artículo 44 que se encuentra en Mudawana, puede considerarse como la disolución del contrato matrimonial que realizó un marido. Se haría para resguardar sus riquezas, su legado, porque su esposa le fuera infiel o no como él quería.

Vídeo sobre el significado bíblico de Repudiar

El repudio puede considerarse desistir a los derechos hereditarios. La renuncia irrevocable o total de algún tipo de bien, como casas, que te pudiera corresponder por herencia. Con ello se quita la posibilidad de ceder ese derecho a otra persona, sea o no sea familia.

Repudiar en la antigüedad

El término repudiar en los tiempos pasados se designaba para los actos legales donde el hombre, con su postura, reservaba el derecho de romper una unión conyugal con su dama. Al proceder este tipo de acto podía buscar otras mujeres a desposarse.

Para ejecutar ello debía sólo apelar a alguna infracción de la femenina contra él, podía ir desde infertilidad hasta conveniencia, si ya no la quería, era un argumento justo en aquel entonces.

En los pasajes bíblicos se expone que cualquiera que llegara a repudiar a su señora, y se casa con otra, estaría haciendo la infracción de adulterio.

De igual modo, si la mujer era la que declina a su esposo y decide unirse con otro, cometía el mismo pecado.
Se puede rescatar el momento en el que se habla, es donde nos dice que todo el que repudia a la que es su mujer, y decide contraer nupcias con otra, adultera. El que se casa con el marido, también degenera.

Enfocándonos en el repudio de herencia, en una demanda puesta por cualquiera de las personas que les interese la secesión, se necesita saber a quién se le asigna.

El que debe aceptar o repudiar la manifestación es el individuo que se ve perjudicada. El tiempo que tenía para decidir era alrededor de 40 días desde que se implanta la demanda.

La carta debía ser escrita y expresada por un juez, o bien podía ser entregada por medio de instrumentos públicos dados por las notarías. Cuando el que era heredero no aparecía en el lugar donde se iba a dar el juicio, se aprobaba la petición y se acababa todo el protocolo.

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